El proceso de selección de jueces y la cobertura de vacantes en el Poder Judicial fueron temas de discusión en los últimos meses, más teniendo en cuenta que no se eligen magistrados en Tucumán desde hace más de un año a pesar de que hay cargos sin titulares en Tribunales. La semana pasada el gobernador Osvaldo Jaldo envió a la Legislatura 30 nombres para comenzar a normalizar la situación, luego de que su antecesor tuviera a disposición 52 ternas pero no se inclinó por ninguna.
Esta semana, Carolina Vargas Aignasse, ex ministra de Gobierno y flamante legisladora presentó dos proyectos de ley para, desde su punto de vista, tratar de agilizar la selección de magistrados. “Se hace necesario dictar instrumentos que permitan implementar la cobertura de esas vacantes con trámites ágiles, evitando demoras injustificadas y la innecesaria reiteración de procedimientos formales”, advierten los fundamentos. “En tal sentido, el proyecto de ley cuya sanción se propone constituye una herramienta de gran utilidad a los fines de lograr celeridad y eficiencia en los procedimientos de selección de postulantes, ya que ante la existencia de más de una vacante de igual materia, grado y jurisdicción, se realizará un solo concurso evitará la multiplicidad de procedimientos de selección, de esta manera se reducirá el tiempo de los concursos y se utilizaran de manera más eficiente los recursos públicos”, dijo. Y propuso: “El CAM puede disponer la realización de hasta tres concursos simultáneos cuando hubiere más de una vacante de igual materia, grado y jurisdicción indicando un orden sucesivo de cobertura. En el caso de concursos simultáneos se declarará parcialmente desierto el concurso respecto de aquellas vacantes para las que no hubiere postulantes suficientes para integrar el número de tres por cargo. En el caso de concursos simultáneos, el listado de postulantes a proponer al Ejecutivo será de tres por cada cargo que se haya llamado a concurso. Cuando se tratare de concursos simultáneos el Poder Ejecutivo podrá seleccionar a cualquier postulante de la lista total remitida para cubrir la totalidad de los cargos concursados con independencia del orden de mérito”.
Como segundo proyecto propuso: “La designación por parte del Poder Ejecutivo Provincial del candidato surgido de la terna remitida por el Consejo Asesor de la Magistratura produce la desvinculación automática del nombrado, en otros concursos de selección en trámite a partir del momento que presta juramento de ley y toma posesión de su cargo. El designado no podrá inscribirse en nuevos concursos durante un plazo de tres (3) años desde el día de asunción en el cargo”, Y agregó: “Las modificaciones efectuadas en la presente ley entran en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el boletín oficial. No son aplicables a los concursos finalizados cuyas ternas ya hubieran sido remitidas por el Consejo Asesor de la Magistratura al Poder Ejecutivo de la Provincia”.
Según fundamentó, “la modificación que se propone tiene como antecedente inmediato el reglamento de concursos del Poder Judicial de la Nación y ha demostrado ser una herramienta útil en la cobertura de vacantes ya que evita que los cargos sean cubiertos por períodos cortos de tiempo, evitando también el gasto innecesario en la tramitación de concursos que cubren vacantes por breves períodos de tiempo”.
En el CAM, que tuvo su última sesión hace 15 días y está a la espera de una nueva composición, apoyaron internamente las modificaciones ya que, se dijo, ya habían sido discutidas en el seno del Consejo y consideraban que eran beneficiosas.